En el ámbito internacional, especialmente cuando tenemos que hacer trámites en organismos o instituciones oficiales, es posible que nos soliciten la traducción de los documentos necesarios a la lengua oficial del país en el que los vayamos a presentar. No obstante, en este caso, no será válida cualquier traducción, sino que se requerirá una traducción jurada u traducción oficial.
A continuación solventaremos todas tus dudas al respecto para que comprendas por qué te han solicitado una traducción jurada y qué es.
Índice:
- ¿Qué es la traducción jurada?
- ¿Qué es un traductor jurado?
- ¿Cuándo puedo necesitar una traducción jurada?
- Requisitos de una traducción jurada
- ¿Qué significa legalizar una traducción jurada?
- Documentos más comunes en la traducción jurada
1. ¿Qué es la traducción jurada?
Cuando hablamos de traducción, podemos distinguir entre diferentes tipos teniendo en cuenta las características específicas del texto, la temática, etc. Entre ellos, encontramos la traducción jurada, cuyas características la distinguen de cualquier otra modalidad. Se trata de una traducción de carácter oficial que va siempre firmada y sellada por un traductor jurado certificado por las autoridades pertinentes que, en el caso de España, sería el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación (MAEC).
Pero, ¿qué significa que la traducción deba tener carácter oficial?
Debemos distinguir entre lo que se llama traducción privada y traducción oficial. La primera es la que realiza cualquier persona que tenga conocimientos y capacidad para traducir, sin ninguna otra exigencia adicional. En cambio, una traducción con carácter oficial solo puede realizarla un traductor jurado para que tenga validez legal ante cualquier organismo, ya sea público o privado.
2. ¿Qué es un traductor jurado?
En nuestro país, solo pueden realizar traducciones juradas los traductores habilitados por el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación (MAEC), que están capacitados para traducir de una lengua extranjera a una de las lenguas oficiales del Estado español y viceversa. La competencia de nombrar traductores jurados de y hacia los idiomas catalán, vasco y gallego se ha transferido a los respectivos gobiernos autonómicos. En el caso de Cataluña, es la Secretaría General de Política Lingüística de la Generalitat de Catalunya (SGPL), en Galicia la Secretaría Xeral de Política Lingüística de la Xunta de Galicia (SXPL) y en el País Vasco el Departamento de Cultura del Gobierno Vasco (DCGV).
Los traductores jurados no son funcionarios públicos ni cuentan con una plaza oficial, sino que son profesionales independientes que ejercen su profesión de forma autónoma o dentro de una empresa y que han sido autorizados por el MAEC.
Para poder tener acceso a las pruebas que habilitan como traductor jurado, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Ser mayor de edad.
- Tener nacionalidad española o de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.
- Poseer un título español de Graduado o Licenciado, o un título extranjero homologado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Si se cumplen los requisitos anteriores, habrá que superar los exámenes exigidos por la Oficina de Interpretación de Lenguas (OIL) del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación y, en el caso del catalán, vasco y gallego, aquellos exigidos por los respectivos organismos autonómicos.
Si necesitas una traducción oficial, comprueba si el traductor jurado realmente está habilitado para realizarla o dirígete a una empresa de traducción para que te gestione el trámite.
3. ¿Cuándo puedo necesitar una traducción oficial?
A pesar de que puede parecer que este tipo de traducción solo es necesaria en procedimientos judiciales o administrativos, o que solo las empresas requieren este tipo de servicio, es más común de lo que podamos pensar.
Hay casos, como en un juicio, en los que no es necesario que la traducción sea jurada. Si echamos un vistazo a la LEC (Ley de Enjuiciamiento Civil), veremos que no especifica que la traducción deba ser realizada por un traductor- intérprete jurado. Sí señala que todo documento que se presente ante el tribunal deberá estar redactado en la lengua oficial del país o, como ocurre en algunas comunidades autónomas, en el segundo idioma oficial que allí se dé. De todos modos, es aconsejable que el documento original extranjero vaya acompañado de una traducción jurada, ya que la calidad de una traducción privada puede ser cuestionada, tanto por la parte contraria como por el juez, y la traducción podría ser rechazada, con el consiguiente perjuicio para quien la aporta.
Por otro lado, hay casos en los que es obligatorio que la traducción tenga este carácter oficial. Sería el caso de todo documento público extranjero que vaya a presentarse ante la Administración española. Por ejemplo, si un estudiante extranjero desea incorporarse al sistema universitario público español, deberá aportar su certificado de notas o cualquier otro documento referente a los estudios realizados en su país en español y mediante una traducción jurada.
4. Requisitos de una traducción jurada u oficial
Como mencionábamos antes, este tipo de traducción es de carácter oficial. Así se recoge en el Real Decreto 2555/1977, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores (en su redacción modificada por el Real Decreto 2002/2009, de 23 de diciembre), que en su artículo 6 apartado 1º señala lo siguiente:
«Las traducciones e interpretaciones de una lengua extranjera al castellano y viceversa que realicen los Traductores/as-Intérpretes Jurados/as tendrán carácter oficial, pudiendo ser sometidas a revisión por la Oficina de Interpretación de Lenguas las traducciones cuando así lo soliciten las autoridades competentes.»
Además, cuando solicites una traducción jurada a una empresa especializada o traductor, estos te la entregarán cumpliendo los siguientes requisitos:
- Debe entregarse siempre en papel, ya que tiene que llevar la firma y sello de traductor y, a menudo, la traducción se entrega acompañada de los documentos originales, aunque no es estrictamente necesario.
- Deben figurar todos los detalles que aparecen en el documento original: una frase manuscrita, una firma, un sello… todo debe constar en la traducción, ya que el traductor jurado actúa como fedatario público y tiene que reflejar exactamente lo que figura en el documento original.
- Cuando el documento va dirigido a una administración pública, debe ser legalizado por vía diplomática o, en el caso de los países que forman parte del Convenio de la Haya de 1961, rubricado con la Apostilla de la Haya (que también habrá que traducir).
- Debe estar traducido al castellano en base al artículo 36.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común.
5. ¿Qué significa legalizar una traducción jurada?
La legalización, generalmente hablando, es un acto administrativo que otorga validez a un documento público extranjero al comprobar la autenticidad de la firma puesta en un documento y la calidad en la que el firmante del documento ha actuado.
La legalización es un trámite complejo que a menudo consta de diferentes etapas. Un documento notarial, por ejemplo, pasa primero por el colegio notarial, a continuación por el Ministerio de Justicia, por el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación y finalmente por la representación consular española en el país de destino. Para agilizar los trámites, cada vez más frecuentes en el proceso de globalización, muchos países han suscrito convenios para simplificarlos. El más conocido es el Tratado de la Haya, que da validez oficial internacional a todo documento que lleve un sello simplificado, llamado Apostilla, que en España otorgan las delegaciones del Ministerio de Justicia para todo tipo de documentos oficiales, así como los Colegios Notariales para los documentos privados o notariales. Puede consultar aquí los países adheridos al Tratado de la Haya.
En el caso de una traducción jurada u oficial, la legalización significa que se certifica de forma oficial que la firma del traductor jurado en la traducción que va unida al documento corresponde a aquella depositada en el registro competente, y que el traductor jurado está habilitado para actuar como tal. La legalización puede solicitarse al Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación. En el caso de que sea suficiente con la Apostilla, la traducción jurada puede ser legitimada por un notario y, posteriormente, apostillarse en el Colegio de Notarios.
No debe confundirse la legalización del documento en sí con la legalización de su traducción. La traducción jurada de un documento previamente legalizado incluye la traducción de su legalización o Apostilla si no ha sido expedida en el idioma de destino. Si, después, el documento ha de ser presentado en otro país donde se solicite una traducción oficial, esta debe legalizarse o apostillarse de nuevo, según el país, si ha sido realizada en el país de origen.
6. Documentos más comunes en la traducción jurada
En general, una traducción jurada puede solicitarse para cualquier tipo de documento cuya información nos interese avalar. En este apartado podrás ver algunos ejemplos de los documentos más comunes.
En el ámbito empresarial | En el ámbito judicial o administrativo |
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1 Comentario
Cierto. ¡Muchas gracias por la aportación!
Un saludo :).